5 cosas que los cobradores de deuda tienen prohibido hacer

Las agencias de cobranzas tienen una mala reputación que, en ocasiones, podríamos decir que es bien merecida. Y es que, muchos de los cobradores de deuda son conocidos por extenderle a los deudores un trato bastante desagradable que incluso podría tornarse por grosero, violento y aterrador. Por supuesto, las agencias de cobro siempre se defienden diciendo que lo único que tratan de hacer es que el deudor pague la deuda. Sin embargo, hay al menos 5 cosas que los cobradores de deuda tienen prohibido hacer.

Afortunadamente, el trato tan errático puede evitarse o, al menos, reducirse. ¿Cómo? Pues, gracias a la aplicación de la Federal Fair Debt Collection Practices Act (una ley diferente al estatuto de limitaciones) que se traduciría en español como la Ley Federal de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas. Esta ley es más conocida por sus siglas, que son las siguientes: FDCPA. ¿De qué se trata la FDCPA? De frenar estos comportamientos molestos y abusivos en los que algunas agencias de cobro incurren.

¿Lo malo? Aún cuando la ley está vigente, muchos cobradores de deudas la violan en reiteradas ocasiones como base de su modelo de negocios. En estos casos, el deudor podría salir beneficiado porque tendría un derecho legal de reclamo.

Por supuesto, para poder exigir tus derechos, lo primero que debes conocer es cuáles son las cosas que los cobradores de deuda tienen prohibido hacer para cobrarte y justamente este es el tema que trataremos hoy.

 
Cosas que los cobradores de deuda tienen prohibido hacer

1. Amenazar al deudor con el arresto

Las agencias de cobro no pueden amenazar al deudor diciéndole que, por la deuda que tienen, quedarán bajo arresto. Y es que, estos profesionales tienen prohibido afirmarle falsamente a los prestatarios que han cometido un delito y que, por ende, perderán su libertad a menos que paguen todo de inmediato.

En primer lugar, las agencias de cobro no pueden emitir órdenes de arresto ni hacer que a un deudor lo encarcelen. Además, no pagar una deuda de la tarjeta de crédito, la cuota de un préstamo de vehículos o una factura médica de manera oportuna no es razón suficiente para llevar a alguien a prisión.

Advertencia: Dicho esto, si recibes una orden legítima de comparecer ante el tribunal por un asunto relacionado con alguna deuda que tengas y no te presentas, el juez sí podría emitir una orden de arresto por desacato. Otras deudas también podrían terminar en un castigo punitivo. Por ejemplo, si no pagas una multa judicial relacionada con tu deuda, te niegas a pagar tus impuestos o a transferir la manutención de tus hijos menores de edad, sí podrías terminar en la cárcel.

2. Avergonzar al deudor públicamente

Las agencias de cobro o sus empleados no pueden tratar de avergonzarte públicamente para coaccionarte y hacer que pagues el dinero que debes. De hecho, ni siquiera se les permite contactarte por tarjeta postal. Tampoco pueden publicar los nombres de las personas que le deben dinero ni discutir ese asunto con alguien que no sea el deudor, su cónyuge o su abogado.

Lo que sí pueden hacer los cobradores de deudas es contactar a terceros para tratar de localizarte, pero solo le pueden pedir a esas personas tu dirección de domicilio, tu número de teléfono o tu lugar de empleo. En la mayoría de los casos, ni siquiera tienen permitido contactarlos más de una vez.

3. Caer en el acoso

La ley enumera ciertos comportamientos específicos como acoso por parte del cobrador de deudas. Algunos ejemplos son los siguientes:

  • Llamarte repetidamente y hasta el cansancio.
  • Usar un lenguaje obsceno, inmoral y profano.
  • Amenazarte violentamente o decirte que resultarás lastimado.
  • Llamarte al trabajo después de que se lo hayas prohibido por escrito.
  • Llamante antes de las 8:00 a. m. o después de las 9 p. m. sin tu autorización.
  • Comunicarse contigo después de que le hayas informado por escrito que deje de contactarte por completo o que lo que tenga que decir, se lo diga a tu abogado.
La única forma en la que un cobrador de deuda podría comunicarse contigo después de que se lo hayas prohibido es para decirte que ya no te contactarán más o que han presentado una demanda en tu contra.

Advertencia: Si recibes una citación judicial por una demanda interpuesta por esa deuda que tienes, no la ignores. Eso sí: verifica que sea real. ¿Por qué lo decimos? Porque se han visto casos de agencias que falsifican las citaciones judiciales para obligar al deudor a pagar.

Pero, ¿cómo puedes saber que este documento que has recibido es o no real? Busca la información de contacto del tribunal en línea -no la que se incluye en el aviso que te enviaron- y comunícate directamente con ellos para confirmar que la citación o demanda es verídica.

4. Tratar de cobrarle al deudor montos que no debe

Algunos cobradores de deudas tratarán, a sabiendas o sin saberlo, de darte una información errada sobre el monto total de tu deuda para tratar de obtener más dinero de tu bolsillo. Piensa que el acreedor al que originalmente le debías dinero puede haber vendido tu deuda a una agencia de cobro que, a su vez, puede habérsela vendido a otra agencia más. Que haya un error en el camino, es decir, que se copie un monto incorrecto o que se aplique el doble de los intereses por mora, etc., es más común de lo que piensas y esto podría explicar por qué ese agente de cobro te dice que debes más dinero del que realmente debes.

¿Qué hacer si no estás convencido del monto de la deuda?

Puede que las agencias de cobro estén tratando de cobrarte una deuda que ya ha sido cancelada en bancarrota o incluso una deuda de otra persona que, por casualidad, tiene un nombre similar al tuyo. No obstante, hay formas de aclarar el asunto.

Dentro de los cinco días posteriores al primer contacto que te hará el cobrador, deberá enviarte un aviso por escrito que indicará 1) cuánto debes, 2) a quién se lo debes, y 3) cómo hacer tu pago. Lo mejor que puedes hacer en este caso es esperar esa comunicación o mejor aún, pedírsela de inmediato al agente de cobro en el primer contacto.

Si no estás seguro de que debes ese monto, envíale una carta al cobrador por correo certificado con acuse de recibo solicitándole más información. Eso sí: ten cuidado. No asumas la deuda ni le hagas entender a la agencia de cobro que la reconoces como tuya.

Nota: El Buró de Protección Financiera al Consumidor cuenta con una banca con modelos de cartas que puedes utilizar para escribirle a la agencia de cobro. Así, evitarás decir algo incorrecto o que te pueda comprometer.

5. Pretender trabajar para una agencia gubernamental

La FDCPA le prohíbe a los cobradores de deudas fingir que trabajan para cualquier agencia gubernamental, incluidas las fuerzas del orden. Tampoco pueden afirmarle al deudor que están trabajando para una agencia de informes al consumidor, es decir, un buró de crédito.

Un incidente ocurrido en Georgia en el año 2014 es una muestra clara de lo que no debe hacer jamás una agencia de cobro. Vamos a exponer el caso para que lo veas con mejor claridad. El propietario de la empresa de cobros Williams, Scott & Associates, así como seis de sus empleados, fueron arrestados en 2014 por -presuntamente- acusar a las personas de fraude, decirles que serían arrestados y que se enfrentarían a cargos criminales por no pagar sus deudas.

Según lo afirmado por las autoridades, al parecer estos cobradores de deudas también le dijeron a los deudores que estaban trabajando bajo contrato para ciertas agencias federales y estatales, incluyendo el Departamento de Justicia y los Alguaciles de los Estados Unidos.

Esta compañía se lanzó al mercado en el año 2009 y dejó de funcionar en mayo del 2014 debido al escándalo, aunque luego pasó a renovarse bajo el nombre Warrant Services Association.

¿Todos los cobradores de deudas se rigen por la FDCPA?

¡Buena pregunta! La respuesta es un rotundo “no”. Hay una excepción en la aplicación de la FDCPA y recae en los cobradores internos, quienes no están sujetos a sus regulaciones. ¿Qué quiere decir esto? Que si, por ejemplo, estás atrasado en la factura de tu tarjeta de crédito JCPenney y un empleado de JCPenney te llama directamente, no tiene que seguir las mismas reglas que una agencia de cobros externa.

Ahora bien, la mayoría de los cobradores internos solo contactan a los deudores en caso de una deuda con unas semanas o quizás meses de atraso. Después de eso, el acreedor original -en este caso, JCPenney- generalmente contacta a una agencia de cobranza para que cobre la deuda en su nombre o se la vende a un comprador de deudas que, a su vez, se quedará con lo que recaude.

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Redactora en Créditos en USA

Jessica es abogado en la práctica, economista de corazón.
Actualmente es escritora todo terreno en Créditos en USA, en donde redacta artículos sobre diversos temas, desde cómo invertir y ahorrar con éxito hasta las claves para ganarle al Tío Sam. Todos los días sale a buscar las mejores cuentas bancarias, préstamos y tarjetas de crédito para ti; exponiendo sus ventajas y desventajas para que puedas tomar la mejor decisión para tu bolsillo.

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