¿Cuál es el ingreso máximo de la Sección 8?

El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos. proporciona millones de unidades de vivienda de bajos ingresos en todo el país a través de su programa de vales de elección de vivienda de la Sección 8. El Departamento de Vivienda no es propietario de las unidades de la Sección 8, es decir, los propietarios privados pueden optar por incluir sus inmuebles en el programa, sino que la agencia distribuye los subsidios que ayudan a los hogares elegibles a pagar su alquiler.

¿Para qué sirve la Sección 8?

Los participantes en la Sección 8 reciben vales de elección de vivienda que representan un pago, enviado directamente al propietario de una propiedad, equivalente al monto del alquiler que supera entre el 30 y el 40 por ciento de los ingresos de una familia

En este orden de ideas, el Departamento de Vivienda restringe el acceso al programa a las familias con ingresos familiares iguales o inferiores al 50 por ciento de los ingresos medios de su condado o área metropolitana. Para asegurar que las agencias locales de vivienda entreguen beneficios a las familias que más los necesitan, el Departamento les exige que distribuyan un mínimo del 75 por ciento de sus vales a las familias con ingresos iguales o inferiores al 30 por ciento de la media de su área.

¿Cuál es el ingreso máximo de la Sección 8?

¿Cuál es el límite de ingreso de la Sección 8?

El programa está destinado a personas ancianas, discapacitadas, o que tienen ingresos muy bajos. Debido a esto, hay directrices específicas establecidas por el gobierno federal para determinar si alguien calificaría para la asistencia de la Sección 8.

En este sentido, el alquiler de los apartamentos de la Sección 8 significa que pagarás una parte y el gobierno se hará cargo del resto. Se basa en el 30 por ciento de los ingresos del inquilino, y el vale, que es el subsidio, es el documento que compensa la diferencia entre lo que puedes pagar y el costo real del alquiler. Ya que el programa es administrado localmente teniendo en cuenta las características y necesidades de cada área, el cálculo de los ingresos máximos son diferentes en cada zona.

Ahora bien, el Departamento de Vivienda establece los límites de ingresos anualmente. Están segmentados en tres categorías: ingresos extremadamente bajos, muy bajos, y bajos. El porcentaje correspondiente a cada nivel de ingresos con la mediana local se distribuye de la siguiente forma:

  • Ingresos extremadamente bajos: 30 por ciento del nivel de ingresos medios de la zona
  • Ingresos muy bajos: 50 por ciento del nivel de ingresos medios de la zona
  • Ingresos bajos: 80 por ciento del nivel de ingresos medios del área

¿Qué significan estos porcentajes?

Pongamos un ejemplo práctico. Una familia de cuatro personas que vive en el área metropolitana de Seattle, Washington, puede ganar hasta 42.800 dólares, el 50 por ciento del ingreso medio del área, y aún así calificar para los beneficios de la Sección 8. Sus posibilidades aumentan si sus ingresos caen por debajo de los 25.700 dólares, lo que equivale al 30 por ciento de la media. Si se mudan a uno de los varios condados menos prósperos del estado de Washington, una familia que gana 27.700 dólares se sitúa en el 50 por ciento de la media del área, lo que pone de relieve la discrepancia que puede existir entre las diferentes zonas.

Es necesario demostrar el nivel de ingresos

Para poder procesar una solicitud, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano exige que se entreguen documentos que prueben y sustenten cada caso particular. Por ello, antes de que una agencia de vivienda emita un vale, debe verificar los ingresos de la familia. 

Las regulaciones federales requieren que los solicitantes de la Sección 8 cumplan con la solicitud de documentación de una agencia de vivienda. En el momento de la solicitud y anualmente a partir de entonces, el Departamento de Vivienda pide artículos como talones de cheques de pago y declaraciones de impuestos para confirmar la elegibilidad de ingresos de la Sección 8.

Cómo saber si eres elegible para la Sección 8

Dado que los vales de elección de vivienda se administran a nivel local, no existe una única norma nacional definida sobre cómo se eligen los beneficiarios del programa. Por lo general, la elegibilidad se basa en los niveles de ingresos medios locales y en los costos de la vivienda.

Sin embargo, hay algunas pautas generales que pueden ayudarte a determinar tu elegibilidad. Por ejemplo, y como hemos mencionado, cada oficina debe conceder al menos el 75 por ciento de sus vales para apartamentos de la Sección 8 disponibles a las familias que no superen el 30 por ciento de los ingresos medios. Además, si las familias beneficiarias superan el 50 por ciento del ingreso medio de su área, no seguirán siendo elegibles.

Otros requisitos de elegibilidad se refieren a los antecedentes de alquiler anteriores (es decir, desalojos), la condición de ciudadanía y los antecedentes penales. Esas directrices incluyen:

  • No se han producido desalojos de una propiedad de alquiler por un delito relacionado con las drogas en los últimos tres años;
  • No hay condenas por producir metanfetamina en un proyecto de viviendas asistidas;
  • Ser ciudadano estadounidense o tener un estatus de inmigrante elegible.

Paso 1: Confirmar que cumples con los requisitos de elegibilidad

Los solicitantes deben tener al menos 18 años de edad y ser ciudadanos de los Estados Unidos o no ciudadanos que tengan un estatus migratorio elegible. Las personas solteras son elegibles, así como los hogares con o sin niños. El Departamento de Vivienda se refiere comúnmente a un hogar como «familia», así que no dejes que ese término te confunda. Una «familia» consiste en una o más personas, y no es necesario tener hijos para ser considerado una «familia».

La condición de inmigrante elegible incluye un residente permanente legal; inmigrante de registro; refugiado o asilado; ingresado condicional; persona en libertad condicional; concesionario de retención; persona a la que se le concedió la amnistía de 1986; residente de las Islas Marshall, Micronesia, Palau o Guam; víctima o pariente de una víctima de la trata.

Paso 2: Calcular los ingresos del hogar

Como hemos explicado a lo largo de este artículo, el hogar debe ganar menos del 50% del ingreso medio del área donde están aplicando. Esto se conoce como el límite de ingresos, y la cantidad aumenta por cada miembro adicional del hogar (incluyendo los niños). 

Por lo general, las oficinas de vivienda también suelen proporcionar los límites de ingresos en su aviso público anunciando la apertura, o la información puede estar disponible en su sitio web. El ingreso de un hogar se determina según el ingreso bruto, que es la cantidad de dinero que se recibe antes de restar los impuestos y otros gastos. No se incluyen los ingresos laborales obtenidos por los miembros del hogar menores de 18 años.

Paso 3: Determinar si existen restricciones y/o preferencias

Muchas listas de espera tienen preferencias. Esto significa que los solicitantes que califiquen para las preferencias recibirán asistencia antes que los que no lo hagan. Debido a las preferencias, los solicitantes que no reúnen los requisitos pueden tener una espera más larga para recibir asistencia. 

Entre los ejemplos de preferencias que pueden aparecer en una lista de espera se encuentran los ancianos, las personas con discapacidad y los residentes locales. Es importante destacar que las preferencias no son requisitos. Los solicitantes pueden seguir presentando su solicitud, aunque no cumplan los requisitos para ninguna preferencia.

En raras ocasiones, una lista de espera sólo puede estar abierta para solicitantes de un grupo demográfico específico, como personas sin hogar o residentes locales. Si una autoridad de vivienda tiene restricciones para una apertura de la Sección 8, la información debe ser aprobada por el Departamento de Vivienda y detallada en el Plan Anual de la oficina, junto con una declaración en el aviso público. A pesar de esto, la mayoría de las aperturas de las listas de espera de la Sección 8 están disponibles al público en general.

Paso 4: Factores que pueden descalificar una solicitud

Como hemos explicado anteriormente, las oficinas de la Sección 8 también tienen en cuenta el historial de alquiler de una familia, por lo que puede ser necesaria una lista de los sitios donde has vivido anteriormente, con información como la dirección de la propiedad y los datos de contacto del propietario. En este sentido, una familia será descalificada si algún miembro ha sido desalojado de una unidad del Departamento de Vivienda en los últimos cinco años, si se le ha terminado la asistencia por parte de una autoridad de vivienda por cualquier motivo, o si debe dinero a una autoridad de vivienda.

El hecho de tener antecedentes penales puede dificultar que una persona reciba una vivienda, pero no la descalifica automáticamente. Una persona con un historial de arrestos, pero sin condena, tiene más posibilidades de calificar que alguien que ha sido condenado por su delito. Además, los delincuentes tienen muchas más dificultades para calificar, especialmente si se trata de una sentencia por violencia o relacionada con drogas. 

Por lo general, los solicitantes con antecedentes de consumo de drogas, abuso de alcohol, violencia y otras actividades delictivas que representarían un peligro para otros residentes pueden tener dificultades para calificar. Cada autoridad de vivienda funciona de manera diferente, pero pueden permitir que las personas con antecedentes penales califiquen basándose en el tiempo transcurrido desde que ocurrió el delito y la gravedad del mismo.

Las condenas recientes pueden provocar que un hogar no sea elegible. Cualquier persona que haya sido desalojada de una vivienda con asistencia federal en los últimos tres años por actividades delictivas relacionadas con las drogas sería rechazada, a menos que se den circunstancias especiales (el miembro del hogar que participó en la actividad delictiva debe completar con éxito un programa supervisado de rehabilitación de drogas aprobado por la autoridad de vivienda, o ser retirado del hogar. Incluso entonces, queda a discreción de la autoridad de la vivienda aprobar estos hogares). Las personas que figuran en el registro de delincuentes sexuales de por vida de cualquier estado tampoco son elegibles.

Por los motivos que hemos expuesto en este apartado, te aconsejamos que seas sincero con la información que incluyes en tu solicitud. Poner información falsa puede no sólo descalificarte, sino también meterte en problemas legales. Si no estás seguro de lo que debes incluir en una solicitud de la Sección 8, ponte en contacto con la oficina de vivienda.

Enlaces útiles para ponerte en marcha con tu solicitud de la Sección 8

El proceso para solicitar y obtener la aprobación de un vale de vivienda de la Sección 8 es un proceso que requiere investigación y un seguimiento diligente. Asegúrate de tener todo el papeleo listo. Anota cualquier pregunta que tengas y contacta con su la oficina de vivienda local para aclarar todas tus dudas. A continuación, te dejamos algunos enlaces útiles que deberías guardar.

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