Tarjeta P-EBT Puerto Rico

P-EBT Puerto Rico

El 15 de enero de 2021 el USDA autorizó la continuación del programa de asistencia temporal para los hogares con niños afectados por el cierre de escuelas durante la emergencia de salud pública que fue declarada el 27 de enero de 2020. De acuerdo con la autoridad otorgada bajo la Sección 1101 de la Ley, el FNS aprueba el plan adjunto de Puerto Rico para operar el P-EBT para niños en edad escolar.

Originariamente P-EBT se aprobó como la alternativa para las jurisdicciones que operan el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP). Debido a que Puerto Rico tiene el Programa de Asistencia Nutricional, conocido como el PAN, en vez de SNAP, había quedado apartado de esta iniciativa.

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Todos los estudiantes de escuelas públicas y de instituciones educativas privadas adscritas al Programa de Comedores Escolares del Departamento de Educación recibirán el beneficio de $8.28 por día virtual o híbrido por el año escolar 2021-2022.

P-EBT Puerto Rico

La representante de Puerto Rico en el Congreso de Estados Unidos lo anunció en Twitter:

Resumen del plan de Puerto Rico

El Departamento de Familia de Puerto Rico y el Departamento de Educación de Puerto Rico emitirán los beneficios del P-EBT Puerto Rico a través del sistema del PAN a los hogares actuales que reciben asistencia y a los hogares no pertenecientes al PAN pero con niños elegibles. El plan de Puerto Rico cubre los meses de agosto de 2020 a mayo de 2021.

¿Quiénes son elegibles para el programa P-EBT de Puerto Rico?

Los niños son elegibles si hubieran recibido comidas gratis o a precio reducido en sus escuelas a través del Programa Nacional de Almuerzos Escolares (NSLP) si no fuera por el cierre o la asistencia u horas reducidas de sus escuelas. Puerto Rico emitirá beneficios sólo a hogares con niños cuyas escuelas estén cerradas o hayan reducido el número de días u horas que los estudiantes asisten a la escuela durante al menos 5 días consecutivos.

Puerto Rico y sus distritos escolares identificarán a los niños elegibles para comidas gratuitas o a precio reducido del NSLP utilizando los datos más actuales disponibles.

Todos los distritos escolares que se basan en los datos de elegibilidad del año escolar 2019-2020 excluirán a los graduados del año pasado y a los no estudiantes y ofrecerán a los hogares con nuevos estudiantes la posibilidad de establecer su elegibilidad a través de los procesos tradicionales de solicitud y certificación directa de comidas escolares.

Los niños deberán estar matriculados para el ciclo lectivo 2020-2021.

Puerto Rico ha emitido o emitirá:
– Beneficios para los meses de agosto a diciembre en una sola distribución después de la aprobación del plan,
– Los beneficios para el resto del año escolar de forma mensual durante el mes de beneficios,
– Las prestaciones a los beneficiarios del PAN utilizando las direcciones existentes; exigir a los hogares que no pertenecen al PAN que presenten solicitudes para confirmar sus direcciones.
– Que los hogares que no son del PAN presenten solicitudes para confirmar sus direcciones y otra información necesaria para establecer un archivo EBT.

Preguntas frecuentes sobre Pandamic EBT Puerto Rico

¿Qué es la Transferencia Electrónica de Beneficios por Pandemia (P-EBT)?

La P-EBT forma parte de la respuesta del gobierno estadounidense a la pandemia de COVID-19, y fue establecida por la Ley de Respuesta al Coronavirus «Families First» (FFCRA). El P-EBT proporciona beneficios -muy similares a los beneficios del programa SNAP (llamado PAN en Puerto Rico)- a los niños que habrían recibido comidas escolares gratuitas o a precio reducido, si no fuera por el cierre de escuelas relacionado con el COVID-19 y/o la reducción de horas o asistencia a la escuela relacionada con el COVID-19.

Para la mayoría de los hogares, las prestaciones P-EBT se cargaron en las tarjetas de la familia, por lo que los minoristas no notarán ninguna diferencia entre las prestaciones P-EBT y las de la Asistencia Nutricional (PAN). Para algunos hogares, las prestaciones P-EBT se cargaron en nuevas tarjetas que no se parecen a las del programa de Asistencia Nutricional, pero que funcionan igual. Los minoristas deben tratar las prestaciones P-EBT igual que como lo harían con otra prestación de la Asistencia Nutricional.

¿Cómo se pueden utilizar las prestaciones P-EBT?

Los hogares con P-EBT pueden utilizar sus beneficios en los más de 3.000 minoristas autorizados por el Departamento de la Familia y en los «Mercados Familiares». El dinero se podrá utilizar para comprar alimentos elegibles (es decir, los mismos alimentos que se pueden comprar con la Tarjeta de la Familia).

¿Cuánto tiempo duran los beneficios en la tarjeta EBT?

Cada beneficio mensual recibido tiene una validez de seis meses, por lo que no es necesario que gastes todo el dinero en un solo mes.

¿Los beneficios son por hogar o por niño?

Por niño. Por cada niño elegible y matriculado en el año escolar 2020-2021, se recibirá la suma de $119.02.

Si ya soy beneficiario del PAN, ¿tengo que solicitar otra Tarjeta de la Familia?

No. Los beneficios del P-EBT se depositarán directamente en la tarjeta que ya tengas. Los desembolsos de cada mes se harán en orden: quienes recibirán el beneficio primero, son aquellos cuyo último número del seguro social termine en 0, 1 o 2; un día hábil después, aquellos cuyo último número sea 3,4 o 5, un día hábil después, quienes tengan 6 y 7, y finalmente 8 y 9.

Si no recibo asistencia del PAN ¿cómo solicitar la asistencia del P-EBT?

Si tienes uno o más hijos elegibles para recibir los beneficios del P-EBT, visita este sitio web del gobierno de Puerto Rico para conocer los detalles del programa e inscribir a tus niños para luego recibir una tarjeta de beneficios por correo postal. La fecha límite para solicitar los beneficios es el 31 de mayo de 2021.

¿Qué pasa con los niños que se educan en instituciones privadas?

Si tu hijo o dependiente asiste a una institución educativa privada o sin fines de lucro elegible, podrás reclamar sus beneficios a partir del viernes 26 de febrero de 2021.

Ya apliqué al P-EBT ¿cuándo recibiré la tarjeta y podré usarla?

La tarjeta tiene un diseño distinto a la Tarjeta de la Familia y deberías recibirla como máximo 7 días después de que los beneficios te hayan sido aprobados. La tarjeta irá acompañada de un número PIN (Personal Identification Number) que te llegará por separado, por correo, así como las instrucciones para poder usarla inmediatamente.

¿Cuáles son las actividades prohibidas (es decir, las violaciones del programa) en el P-EBT? ¿Cuáles son las sanciones por estas infracciones?

De acuerdo con la Sección 284.1 de las regulaciones del SNAP, las violaciones del P-EBT y las sanciones por cometerlas son las mismas que las violaciones y sanciones del SNAP. Puedes consultar los materiales de formación para minoristas del SNAP aquí.  Brevemente, las infracciones P-EBT incluyen, pero no se limitan a:

Tráfico: Comprar o vender beneficios P-EBT por dinero en efectivo. Las sanciones por tráfico incluyen la inhabilitación permanente, la confiscación de bienes y/o una sanción monetaria por cada violación.

Vender artículos no elegibles: La venta de cigarrillos, tabaco, alcohol o artículos caros no alimentarios a cambio de prestaciones P-EBT puede dar lugar a una inhabilitación de 3 a 5 años o a una sanción monetaria civil equivalente.

La venta de artículos comunes no subvencionables, como detergente o productos de papel, para obtener prestaciones P-EBT puede dar lugar a una inhabilitación de 6 meses a 3 años o a una sanción pecuniaria civil equivalente.

Qué hacer si perdiste tu tarjeta P-EBT

En ese caso, deberías reportarlo a las autoridades lo antes posible. Para ello, tendrías que llamar al número de teléfono que aparece en el dorso de la tarjeta, pero como probablemente no puedas verlo, entonces ponte en contacto con el Departamento de la Familia al (787) 294-4900. Quizá te soliciten los mismos datos personales que brindaste cuando aplicaste para la tarjeta P-EBT por primera vez.

¿Cuál es la fecha límite para solicitar la tarjeta P-EBT?

La fecha límite para aplicar al beneficio era el 31 de mayo de 2021. Si tienes alguna otra duda con respecto a este programa puedes llamar al (787) 705-8350 de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 10:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. También podrías enviar un correo electrónico a pebtreclamaciones@familia.pr.gov o visitar la página web oficial.

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