Si vives en los Estados Unidos estás obligado a presentar una declaración de impuestos anual y pagar tus taxes. Pero te preguntarás, “¿qué pasa si le debo al IRS (Internal Revenue Service) y no pago?”
En este artículo te contaremos en detalle todas las consecuencias de deber impuestos, como las multas y penalidades o las retenciones de bienes. También, cómo evitar problemas con el IRS y cómo pagar.
¿Qué pasa si le debo al IRS y no pago?
Las consecuencias de tener deudas con el IRS varían de acuerdo al tiempo que tardes en pagar los impuestos pendientes. A continuación, te explicamos en detalle qué pasa si le debes al IRS y no pagas.
Aviso de saldo pendiente
Cuando el IRS verifica que debes impuestos, te enviará una carta para informarte del saldo pendiente. Puede llegarte más de una notificación en los primeros tres meses del inicio de la deuda.
Si recibes una carta del IRS, es importante que la leas atentamente y verifiques la información que contiene. Si el aviso solicita una respuesta en una fecha determinada, responde para reducir cargos por multas o intereses. También, para apelar si no estás de acuerdo.
En caso de querer hacer un reclamo ante la carta recibida, puedes llamar al número de teléfono del IRS o enviar un correo a la dirección que figura en la carta. Ten en cuenta que la respuesta puede tardar hasta un mes.
Corren los intereses y las multas
Si no presentas tu declaración de impuestos en la fecha límite, o si tienes pagos pendientes, comenzarán a correr los intereses y podrías enfrentar multas acumulativas emitidas por el IRS. Esto determinará qué porcentaje se paga al IRS.
Por un lado, si declaraste y debes impuestos, el IRS te impondrá una tasa de interés del 0.5% por cada mes de retraso. Esta tasa aumenta 0.5% cada mes, hasta llegar a un máximo de 25%.
Por otra parte, si no presentas tu declaración, el interés será del 5%. Al igual que en el caso anterior, este porcentaje se acumula hasta llegar a un máximo del 25%.
Además, si no presentas tu declaración y no pagas los impuestos, el IRS te cobrará 4.5% por no declarar y 0.5% por no pagar. En total, será del 5% mensual. Este porcentaje también se irá acumulando mes a mes, hasta llegar a un máximo del 25%.
Si pasado este punto, no has cumplido con tu tax liability (obligación tributaria), el sistema comenzará a cobrar el dinero de los reembolsos y aportes futuros.
Para evitar pagar 4.5% sobre tu deuda, puedes pedir una extensión de impuestos, pero eso sólo te dará más tiempo para presentar la declaración. No te librarás de pagar los impuestos y las multas e intereses seguirán acumulándose.
Control sobre tus bienes y activos
Cuando pasen entre tres y seis meses del inicio de la deuda, el IRS podría imponer un gravamen a tus bienes y activos financieros. Esto implica que podrás usarlos, pero no podrás venderlos hasta saldar tu deuda.
Si continúas sin pagar tus impuestos, el IRS podría acudir a la retención, es decir, a una reclamación legal sobre esos bienes y activos.
A diferencia del gravamen, podrás venderlos, pero el IRS será el primero en reclamar el valor total o parcial de esos bienes y activos como pago de los impuestos. Por ejemplo, si vendes tu casa o tu carro, la ganancia o parte de ella será para que el IRS cobre tu deuda.
Para liberar tus propiedades de cualquier gravamen o retención, paga toda la deuda con el IRS, incluyendo multas, intereses y cualquier gasto derivado del proceso.
Embargo de bienes
A diferencia de una retención, en el embargo, el IRS se quedará con tus bienes para venderlos y cobrar la deuda. Esto puede ocurrir si después de un gravamen o una retención, todavía sigues sin pagar tus impuestos. No obstante, el IRS sólo avanzará con el embargo si no tienes voluntad de pagar.
Por eso, antes de llegar a un embargo de tus bienes por deber impuestos, puedes presentar una apelación, acordar un plan de pago o declararte en bancarrota. Tomar esta última opción no necesariamente quiere decir que tu deuda desaparecerá, pero el IRS no podrá embargarte.
Pasados los 10 años, el IRS tampoco podrá recolectar tus impuestos vencidos. Al cabo de ese plazo, prescribe el derecho del Estado para reclamarte el pago de tu deuda impositiva.
Otras consecuencias de tener deudas con el IRS
- El IRS te convocará a una de sus oficinas locales para confirmar la información del sistema. Es posible que, en este caso, tengas que llevar tu documentación fiscal y hacer la declaración de impuestos en persona.
- Si debes al menos $50,000, el gobierno federal pondrá una serie de prohibiciones. Mientras no pagues, no podrás renovar tu pasaporte o pedir uno nuevo.
- En algunas ocasiones, el IRS transfiere la deuda directamente a una empresa recolectora privada. Toma en cuenta que las compañías de cobranzas suelen ser mucho más agresivas y desagradables que un agente del gobierno federal.
- Deberle al IRS perjudica tu puntaje de crédito y te será más difícil acceder a un préstamo porque los prestamistas dudarán que puedas devolver el dinero prestado.
- Tu vida financiera será difícil. Tendrás dificultades para pedir préstamos, tarjetas de crédito y muchas otras herramientas del sistema financiero tradicional.
- Gastarás más dinero y tiempo para resolver el problema con el IRS. Probablemente debas recurrir a un profesional para que te ayude con tu deuda de impuestos y eso implica gastos adicionales.
¿Cómo evitar problemas con el IRS?
Para no tener problemas con el IRS debes presentar tu declaración de impuestos a tiempo y sin errores. Si no puedes pagar, el IRS cuenta con planes de pago para ayudarte a saldar tu deuda impositiva mes a mes. Inscríbete en uno de esos planes.
Lo importante es que mantengas el contacto con el IRS para que vea que tienes intención de pagar, aunque no puedas hacerlo de inmediato. Esto también te ayudará a evitar embargos.
Si eres empleado, para no tener problemas con el IRS el año siguiente, asegúrate de tener una suma suficiente por concepto de retención de impuestos de tus cheques de pago durante el año para así cubrir tu factura fiscal.
No dejes pasar el tiempo sin hacer nada para saldar tu deuda con el IRS. Tarde o temprano te buscará para cobrar lo que debes. Cuanto más esperes, más difícil será regularizar tu situación impositiva y peores serán las consecuencias que enfrentes.
¿Cómo pagar al IRS?
Existen varias formas de hacer un pago al IRS y ponerte al día con tus impuestos. Una de ellas es pagar taxes online. Y si no cuentas con el dinero para pagar tu deuda, te contamos algunas opciones para costear el pago de impuestos.
Pide dinero prestado
Una opción es pagar los impuestos con tarjeta de crédito por una tarifa de conveniencia del 2%. Puedes recurrir a esta opción si tienes una tarjeta de crédito con una tasa de porcentaje anual baja. Pero no es lo más conveniente.
Por ejemplo, si debes $5,000 en impuestos, la cuota de conveniencia para cargar ese monto a tu tarjeta de crédito será de unos $100. Si cargas ese monto de $5,100 a tu tarjeta durante un año a un 20% de APR, sumarías $1,020 a tu saldo deudor y terminarías debiendo $6,120.
También, tienes la alternativa de acudir a préstamos personales con un interés bajo o puedes solicitar un préstamo de consolidación de deudas a un banco o cooperativa de crédito.
Solicita una prórroga
Si tu situación financiera te impide cumplir con el pago de impuestos, puedes solicitar una prórroga al IRS. A través del formulario 1127, puedes aplazar el pago de tu deuda por seis meses.
Junto al formulario tendrás que presentar una declaración de todos tus activos y pasivos actuales y una declaración del dinero que has recibido y gastado en los últimos tres meses. Ten en cuenta que los intereses se seguirán acumulando hasta que saldes toda la deuda.
Antes de pedir una prórroga, evalúa tu situación económica. El IRS no te dará más tiempo para pagar si no puedes demostrar que estás atravesando dificultades que te impidan estar al día con tus impuestos.
Acuerda un plan de pago
Si piensas que tardarás meses para pagar tus impuestos, solicita un plan de pago a plazos para saldar tu deuda en un período de tiempo. Puedes hacerlo por Internet a través de IRS.gov o por correo mediante el formulario 9465-FS.
Establecer un plan de pago evitará que el IRS tome medidas más severas para cobrarte la deuda. Aunque seguirás debiendo multas e intereses, pagar una parte mensualmente demuestra tu voluntad de cumplir con tus obligaciones fiscales.
Pero cuidado, si acuerdas un plan de pago a plazos con el IRS y te atrasas con una cuota, el acuerdo quedará invalidado y tendrás que pagar el saldo total, incluyendo las multas y los intereses devengados.
Usa tu fondo de emergencia
Si tienes una deuda con el IRS, es momento de utilizar tu fondo de emergencia. Usar tus ahorros para pagar los impuestos que debes es una forma de adquirir un préstamo sin intereses. Pagas tu factura y luego repones tu fondo.
Pide un préstamo HELOC
Si eres propietario de una vivienda y cuentas con un capital suficiente, puedes optar por una línea de crédito con garantía hipotecaria (HELOC o Home equity line of credit). Son préstamos con bajos intereses en comparación con las tarjetas de crédito y los préstamos personales.
Pero ten en cuenta que tu casa servirá de garantía, ya que el impago de un HELOC es igual a no pagar la hipoteca y puedes perder el inmueble.
Pide un préstamo con tu cuenta de retiro
También puedes pedir un préstamo de una cuenta de jubilación, como una 401(k) o una IRA. Ten presente que al retirar dinero de una cuenta de jubilación debes seguir el protocolo o tendrás una penalización del 10% por retiro anticipado.
¿El IRS perdona deudas?
El IRS puede perdonar parte de la deuda al solicitar una oferta de compromiso. Además, si pasan 10 años, ya no puede reclamar el pago de la deuda.
También, declararte en bancarrota y presentar una solicitud de quiebra, suspenderá la ejecución del plazo de cobro mientras esté pendiente la bancarrota.
¿El IRS puede ir a tu casa?
Sí. Los recaudadores de impuestos del IRS pueden ir a tu casa sin previo aviso para solicitarte el pago de los impuestos que adeudas.
¿Puedo ir a la cárcel por evasión de impuestos?
La evasión fiscal es un delito y podrías enfrentar hasta cinco años de cárcel. No obstante, el IRS no suele avanzar con el procesamiento, salvo que la suma adeudada supere los cientos de miles o millones de dólares, o se cometan otros delitos fiscales también.
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